Los alumnos en prácticas, denominados comúnmente como “becarios”, son aquellos que, durante un tiempo en concreto dentro de una empresa, ponen en práctica y desarrollan sus habilidades aprendidas en sus estudios teóricos, siguiendo así con el programa formativo fijado en el convenio que pactan el centro educativo y la empresa.
Es importante que el empresario conozca de antemano qué funciones puede desempeñar un alumno en prácticas. De lo contrario, si no se cumplen con los requisitos legales establecidos, puede desencadenar ciertos contratiempos en el ámbito laboral.
Las inspecciones laborales en relación con los contratos en prácticas o formativos
Dentro del marco del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo para 2021-2023, dichas inspecciones están investigando relaciones laborales encubiertas bajo supuestas becas formativas o actividades prácticas.
En el artículo anterior hablábamos sobre los nuevos contratos de formación en alternancia que se aprobaron con la Ley 32/2021.
¿Qué trabajos desempeñan los alumnos en prácticas o «becarios» dentro de la empresa?
Este tipo de convenios de colaboración entre entidades formativas y empresas están ideadas para qué los alumnos tengan una primera toma de contacto con el mundo laboral y puedan ver la realidad práctica de los estudios cursados.
Si las funciones exceden de las propias de la actividad formativa, la Inspección podría considerar la existencia de fraude de ley, cubriendo un puesto de trabajo real mediante un alumno en prácticas, y su cese puede ser considerado como un despido improcedente o nulo; lo que supondría tener que readmitirlo con un contrato laboral o, en su caso, indemnizar como corresponda a un trabajador equiparable.
Aspectos relevantes que se tendrán en cuenta ante un supuesto caso ante un Tribunal serían la existencia o no de experiencia profesional previa en el ámbito o actividad al que se destina la beca; o si existe una tutorización (propia de la práctica formativa) o una supervisión jerárquica como la que se ejerce en cualquier empresa sobre los empleados.
Es habitual que los alumnos en prácticas o «becarios» acaben realizando las mismas funciones que un trabajador de la plantilla, pero ser retribuidos como estos por su trabajo y sin firmar un contrato laboral en los términos, y con las garantías, que fija el Estatuto de los Trabajadores.
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