La nueva Ley de Vivienda está dando mucho de qué hablar y afecta directamente a muchos ciudadanos, bien como arrendados o como arrendatarios.
La Ley de vivienda 12/2023 que entró en vigor el 24 de mayo de 2023 supone importantes cambios en diferentes ámbitos y tiene como objeto incentivar que un mayor número de viviendas se ofrezcan en alquiler. En este artículo nos centraremos en cómo afecta en el ámbito fiscal a los propietarios de viviendas en alquiler. Sigue leyendo para saber más sobre el tema.
Se rebaja la reducción de IRPF para la mayoría de propietarios
Hasta el momento, los propietarios que tuvieran una vivienda en alquiler disponían de una reducción del 60% del rendimiento neto positivo obtenido por el arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda.
Para poder aplicar la reducción es necesario que los rendimientos netos positivos hayan sido calculados por el contribuyente en una autoliquidación presentada.
A partir de este momento, dicha reducción desciende del 60% al 50% en la mayoría de los casos.
La nueva normativa establece la posibilidad de una reducción de hasta el 90% cuando la vivienda esté en una zona de mercado residencial tensionado y se haya formalizado un nuevo contrato de arrendamiento con una renta inicial inferior en más de un 5% respecto de la última renta del anterior contrato.
¿Qué es una zona de mercado residencial tensionado?
Zonas o municipios donde el precio del alquiler o de la vivienda es elevado y desproporcionado respecto a lo que las familias como media pueden permitirse, especialmente debido a la poca oferta de vivienda disponible.
Recargo del IBI a inmuebles destinados a vivienda y que están desocupados
Este tipo de recargo ya existía y estaba fijado en un máximo del 50% de la cuota líquida del IBI. Con la entrada en vigor de esta nueva normativa, este recargo puede llegar hasta un 150% en función de dos cosas: el tiempo que la vivienda esté desocupada y el número de viviendas que tenga el titular en ese término municipal.
Sólo podrá aplicarse a propietarios con cuatro o más inmuebles de uso residencial. También es importante destacar, que estos porcentajes aunque estén aprobados en la Ley 12/2023, necesitan la aprobación final del ayuntamiento correspondiente. Por tanto este recargo se aplicará una vez aprobado, a partir de los recibos de 2024.
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Si eres propietario de una vivienda en alquiler debes estar actualizado con todas las novedades fiscales que te afectan con la entrada en vigor de esta nueva Ley de Vivienda 2023.
Por ese motivo, contar con la ayuda de asesores especializados como IPS te ayudará a estar al corriente de la información, la normativa y evitarás sorpresas de última hora.
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