¿Cómo funciona la baja laboral del autónomo?
Decidirse por emprender un trabajo por cuenta propia genera muchas dudas al principio, y una de las primeras que se plantea es ¿qué pasaría si necesito la baja? ¿Cómo funciona la baja laboral del autónomo?
Desde 2018, la Seguridad Social cubre algunos casos en los que el trabajador autónomo necesite una baja laboral.
Por otro lado, en algunos casos el negocio depende del autónomo para prosperar y para ello necesita estar activo. Además, tiene que conocer cómo afecta al salario percibido el hecho de estar de baja. De ahí, que aunque sí pueda estar de baja en algunos casos resulta imposible poder acogerse.
Detallamos a continuación 3 supuestos en los que sí que podrías acogerte a una baja laboral siendo autónomo.
Incapacidad Temporal del autónomo
Si sufres un accidente o caes enfermo, puedes acogerte a una baja por incapacidad temporal. Para recibir la prestación tendrás que presentar un parte oficial durante las dos semanas siguientes al accidente o enfermedad.
¿Cuánto cobra el autónomo de baja por incapacidad temporal?
Un porcentaje de la base reguladora que debe aportar mensualmente el trabajador. Si esta baja es por causas laborales, recibirá el 75% desde el día siguiente de la baja; y si no está relacionado con la actividad laboral, percibirá el 60% entre los días 4 a 20 y el 75% a partir del 21.
Además, a partir del segundo mes (60 días), se deja de pagar la cuota de autónomos.
Pensión por jubilación del autónomo
Funciona similar a la jubilación de los trabajadores por cuenta ajena, con la diferencia de que si algún mes no se ha cotizado no se completa con la base mínima.
Para calcular la jubilación se mira la cotización de los últimos 25 años trabajados. En el caso del trabajador por cuenta ajena, si algún mes ha estado sin trabajar se calcula con la base mínima. En el mismo caso pero siendo trabajador por cuenta propia, ese mes contaría como cero.
La baja laboral del autónomo por Maternidad o Paternidad
En el caso de las madres, las autónomas tiene los mismos derechos que las trabajadoras por cuenta ajena, cuentan con alguna ayuda adicional y el procedimiento para solicitar la baja sería el mismo.
El caso de los padres es un poco diferente. En 2020 pueden disfrutar de 12semanas de permiso, con una subvención del 100% de la base que coticen y no tienen que pagar la cuota de la Seguridad Social durante este periodo. Para poder optar a estas condiciones deberán haber cotizado 180 días dentro de los 7 años anteriores a la baja.
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